Normas morales
Son reglas de conducta que provienen de nuestro interior, ya sea del bien y
del mal y que, por lo tanto, únicamente nuestra conciencia será la que nos
exija su cumplimiento. Ejemplo: no ayudar a una persona de la tercera edad
a cruzar la calle.
Normas religiosas
Provienen de los dogmas que recibimos en el estudio o la práctica de
creencias divinas y cuya observancia o desobediencia no será premiada o
reclamada por el creador o ser divino en el que creemos. Ejemplo: ir a misa
los domingos y dar limosna.
Normas sociales
Son reglas de comportamiento que nos impone el grupo social al que
pertenecemos como requisito para ser bien recibido en su entorno y que si
no son acatados traería como consecuencia el menosprecio o repudio del
grupo social. Ejemplo: vestirse de etiqueta en una reunión de clase alta y
comportarse con cortesía.
Normas jurídicas
Son reglas de conducta expedidas por el poder público para regular la
pacífica convivencia de los seres humanos integrantes de una sociedad y
cuya observancia no está sujeta a la aceptación o no por parte del
destinatario, ya que si éste no cumple, puede verse forzado a cumplirlas
por medio de la coacción, haciendo uso de la fuerza que tiene el Estado.
Ejemplo: la aplicación de una sanción por el Código Penal de determinada
entidad si una persona mata a otro ser humano.
Características de las normas
Las normas que se describieron en el subtema anterior se clasifican de
acuerdo con su ámbito de aplicación en relación con la conducta del
hombre, siendo: unilateralidad, bilateralidad, interioridad, exterioridad,
incoercibilidad, coercibilidad, autonomía, heteronomía, conceptos que se
desglosan a continuación.
Clasificación de las normas
Unilateralidad:
Consiste en que las normas unilaterales no prevén la existencia de un
sujeto facultado para exigir el cumplimiento de las obligaciones contenidas
en esa norma al destinatario, es decir, o confieren facultades o imponen
obligaciones, por ejemplo: un poder notarial, un convenio, un contrato.
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