LEY Y RESOLUCIONES JUDICIALES
Las leyes son las que los legisladores crean de acuerdo a los procesos
legislativos señalados con anterioridad, en el presente libro, leyes que se
encuentran sujetas a todos los seres humanos de acuerdo a sus actos y
hechos jurídicos, el hacer o no hacer determinada conducta, por lo que da
como resultado una consecuencia que se aplicará con una sanción de
conformidad con el procedimiento que se someten ante los tribunales,
dependiendo de cada caso.
Cuando un caso concreto está sometido a una ley, el órgano
jurisdiccional procede de la siguiente forma:
a) La misión de los jueces y tribunales consiste en la aplicación del derecho
a casos particulares, pero si la formulación y determinación del derecho se
aplica conforme ley, resulta obvio que los órganos jurisdiccionales se
sujeten a ella.
b) El fin último del derecho es el orden y el mejor modo de asegurar éste
consiste en dar a los preceptos jurídicos la claridad, fijeza y permanencia
de las leyes escritas, tales leyes deberán ser fielmente respetadas por los
tribunales.
c) El derecho debe ser igual para todos, todo el mundo debe conocer los
preceptos legales y se deben sujetar sin distinción de género, raza, etc.
d) El respecto de los jueces hacia la aplicación de la ley es la garantía de
libertad que concede nuestra constitución en los artículos 14 y 16 ya que
todo ciudadano, no debe ser expuesto al capricho y la arbitrariedad, de
éstos, si no es sometido a una justicia firme, que se administre de acuerdo
con los principios oficialmente establecidos y claramente identificables.
Artículo 14:
Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones
o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente
establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al
hecho.
Artículo 16:
Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o
posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad
competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
Relaciones entre ambas
La resolución judicial es el acto procesal de un juez o tribunal destinado a
atender a las necesidades del desarrollo del proceso o a su decisión50
.
El artículo 220 del Código Civil Federal contempla como resoluciones
judiciales las siguientes:
Decretos, si se refieren a simples determinaciones de trámite en un juicio.
Autos cuando decidan cualquier punto dentro del negocio.
Sentencias, cuando decidan el fondo del negocio.
La ley es la norma jurídica obligatoria y general dictada por legítimo
poder para regular a conducta de los hombres o para establecer los
órganos necesarios para el cumplimiento de sus fines51
.
Las relaciones que pueden existir entre las resoluciones judiciales y
la ley son tres
a) Resoluciones basadas en ley.
El juez en un conflicto legal es quien va a decir conforme a ley quien tiene
el menor derecho de hacer valer su pretensión en el proceso judicial y la
decisión o resolución va a tener el carácter de obligatoria, pudiendo
imponerla por la fuerza en caso dado haciendo uso del aparato coercitivo
estatal.
b) Resoluciones de ausencia de ley.
Al respecto dice el artículo 14 de nuestra Constitución: En los juicios del
orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra, o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de ésta se fundará en los principios
generales del derecho.
Es por tal motivo que el juzgador hará valer los principios generales
del derecho y por ende aún en el caso de ausencia de ley es posible dictar
una sentencia.
c) Resoluciones en contra de la ley.
Una sentencia contraria a la ley es cuando ya no es impugnable y cuando
ya no es susceptible de ser controlada por los medios de tutela de la
legalidad y de la constitucionalidad por haberse dejado pasar la oportunidad
para ello.
Independientemente del resultado a que conduzca el derecho
cuando el juzgador diga su veredicto, aunque se crea que se violan textos
legales, si ya no hay medio de impugnación, tal es la verdad legal y así lo
prevé la ley; consecuentemente, nos adherimos al principio de la plenitud
hermética del orden jurídico pues, todas las situaciones de conflicto de
intereses en que es necesaria la dicción del derecho pueden ser resueltos
jurídicamente, de conformidad con principios de derecho.
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