miércoles, 9 de octubre de 2013



              CONCEPTO DEL DEBER Y DEBER JURÍDICO

            Previo a conocer el concepto de normas jurídicas, hay que distinguir el concepto de deber y el de Derecho ya que se puede interpretar que el Derecho es un deber y el deber es un Derecho.

El deber es la obligación que toda persona tiene que cumplir para realizar un mandato, dicho en otras palabras, es el hacer o no hacer una determinada conducta, de lo contrario se aplicará una sanción.

El Derecho, como se mencionó, regula la conducta del hombre en sociedad, misma que es sancionada por el Estado.

La distinción clara del deber y derecho, es que el primero es una forma de conducta y el Derecho es la exigencia; un ejemplo claro sería el deber que tengo de pagar un impuesto y mi derecho es el que con el pago de mi impuesto el Estado me proporcione de servicios públicos.

Ahora bien, si lo vemos desde el punto de vista jurídico, el deber jurídico, es la necesidad para aquellos a quienes va dirigida una norma del derecho positivo
1 de prestarle voluntario acatamiento, adaptando a ella su conducta, en obediencia a un mandato que, en caso de incumplimiento, puede ser hecho efectivo mediante la coacción.2 El deber jurídico es una obligación jurídica.

Dicho en otras palabras, el deber jurídico es aquella conducta contraria al hecho ilícito o antijurídico, por ejemplo, si el hecho ilícito es el no pago o incumplimiento de una obligación, el deber jurídico comprende la conducta contraria, es decir, el pago o cumplimiento de la obligación.

Los deberes jurídicos no deben ser confundidos con la conducta moral ni religiosa, ya que éstos presuponen siempre la existencia de una norma jurídica que se manifiesta en las siguientes direcciones:
1)Debe de cumplir el mandato concreto contenido en la norma.
 
2)Debe de no obstaculizar su cumplimiento.

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